MAESTRAS 1923, Argentina



Señoritas maestras de 1923 durante la presidencia de Alvear!

CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN - CONTRATO DE MAESTRAS
  
                                                              AÑO 1923   
Este es un acuerdo entre la señorita............maestra y el Consejo de Educación y de la Escuela por el cual la señorita ...................................acuerda impartir clases por un periodo de ocho meses a partir del......................de 1923.
    
La señorita acuerda:
 
   1* - No casarse. Este contrato quedara automáticamente anulado y sin efecto si la maestra se casa
   2* - No andar en compañía de hombres.

   3* - Estar en su casa entre las ocho de la tarde y las seis de la mañana, a menos que sea para atender una función escolar.
   4* - No pasearse por las heladerías del centro de la ciudad.
   5* - No abandonar la ciudad bajo ningún concepto sin el permiso del presidente del Consejo de Delegados.
   6* - No fumar cigarrillos. Este contrato quedara automáticamente anulado y sin efecto si se encontrara a la maestra fumando.
   7* - No beber cerveza, vino ni otras bebidas espirituosas. Este contrato quedará automáticamente anulado y sin efecto si se encontrara a la maestra bebiendo....
  
   8* - No viajar en ningún coche o automóvil con ningún hombre excepto su hermano o su padre.
   9* - No vestir ropas de colores brillantes.
  10* - No teñirse el pelo.
  11* - Usar al menos dos enaguas
  12* - No usar vestidos que queden a mas de cinco centímetros por encima de los tobillos.
  13* - Mantener limpia el aula.:
     a) Barrer el suelo del aula al menos una vez al día.
     b) Fregar el suelo del aula al menos una vez por semana con agua caliente y jabón.
     c) Encender el fuego a las siete, de modo que la habitación esté caliente a las ocho cuando lleguen los niños..
     d) Limpiar la pizarra una vez al día.
   14* - No usar polvos faciales, no maquillarse ni pintarse los labios.
     
 Fuente: 'La Revista del Consejo Nacional de la Mujer' Año 4, Nro. 12. marzo 1999. Buenos Aires.