Viernes
09 de enero de 2015 | 01:30
Guía para pedir el reintegro del 35% que cobra la AFIP para compras en el exterior.
Paso
a paso, y a pesar de la alta burocracia del proceso, cómo hacer
para pedir la devolución
si no paga Impuesto a las Ganancias ni Bienes Personales.
El plazo para solicitar las devoluciones del 2014 rigen hasta el 31 de enero para asalariados.
El
universo de contribuyentes que no paga Ganancias ni Bienes Personales
también puede solicitar la devolución de los montos cobrados como
anticipo a estos tributos.
Los empleados en relación de dependencia
tienen tiempo hasta el 31 de enero próximo.
La
percepción corresponde al 35% que cobra el organismo para paquetes
turísticos, pasajes aéreos a otros países y consumos con tarjeta
de crédito y débito en el exterior. Lo que popularmente se denomina
como "dólar tarjeta", que actualmente se ubica en $11,57.
En
la práctica, la complejidad del trámite es alta y el contribuyente
deberá seguir una serie de pasos algo engorrosos para quienes no
estén acostumbrados a lidiar con la burocracia de la AFIP.
A
continuación, LA
NACION le
ofrece una guía orientativa para quienes no puedan imputar el pago
de la percepción a ningún tributo con información analizada por el economista Ariel
Setton.
I. ANTES DE EMPEZAR EL TRÁMITE
1)
Consultar la norma vigente. La
reglamentación para solicitar esta clase de devoluciones se
encuentra en la Resolución
General 3420.
2)
Debe contar con Clave Fiscal. Es
una contraseña que valida al contribuyente para operar en el sitio
web de la AFIP y se obtiene en la dependencia
más cercana a su domicilio fiscal.
3)
Cargar datos biométricos. Los
contribuyentes que operen con CUIT deberán concurrir a su
dependencia más próxima para que les tomen una foto, huellas
dactilares y le escaneen el DNI.[Preguntas
frecuentes sobre este proceso]
4)
Informar el CBU. Los reintegros se realizan a una cuenta
bancaria que debe ser de titularidad del solicitante. Para esto, se
debe notificar la Clave Bancaria Uniforme a través de la web de la
AFIP (mediante Clave Fiscal), donde se debe elegir la
opción:
"Declaración de CBU para cobros de origen
tributario, aduanero y de la seguridad social".
¿Cómo
ingresar al servicio web de la AFIP?
Una
vez que haya gestionado su clave, ingrese a www.afip.gob.ar,
presione en el recuadro "Acceso con Clave Fiscal".
Ingrese al sistema con sus datos y diríjase a la opción "Mis
Aplicaciones Web".
De no encontrar este servicio deberá
habilitarlo utilizando la opción "Administrador de
Relaciones de Clave Fiscal".