AFIP, guía para pedir el reintegro del 35%



Viernes 09 de enero de 2015 | 01:30

Guía para pedir el reintegro del 35% que cobra la AFIP para compras en el exterior.


Paso a paso, y a pesar de la alta burocracia del proceso, cómo hacer para pedir la devolución si no paga Impuesto a las Ganancias ni Bienes Personales.



El plazo para solicitar las devoluciones del 2014 rigen hasta el 31 de enero para asalariados.


El universo de contribuyentes que no paga Ganancias ni Bienes Personales también puede solicitar la devolución de los montos cobrados como anticipo a estos tributos. 
Los empleados en relación de dependencia tienen tiempo hasta el 31 de enero próximo.
La percepción corresponde al 35% que cobra el organismo para paquetes turísticos, pasajes aéreos a otros países y consumos con tarjeta de crédito y débito en el exterior. Lo que popularmente se denomina como "dólar tarjeta", que actualmente se ubica en $11,57.
En la práctica, la complejidad del trámite es alta y el contribuyente deberá seguir una serie de pasos algo engorrosos para quienes no estén acostumbrados a lidiar con la burocracia de la AFIP.
A continuación, LA NACION le ofrece una guía orientativa para quienes no puedan imputar el pago de la percepción a ningún tributo con información analizada por el economista Ariel Setton.

I. ANTES DE EMPEZAR EL TRÁMITE


1) Consultar la norma vigente. La reglamentación para solicitar esta clase de devoluciones se encuentra en la Resolución General 3420.

2) Debe contar con Clave Fiscal. Es una contraseña que valida al contribuyente para operar en el sitio web de la AFIP y se obtiene en la dependencia más cercana a su domicilio fiscal.

3) Cargar datos biométricos. Los contribuyentes que operen con CUIT deberán concurrir a su dependencia más próxima para que les tomen una foto, huellas dactilares y le escaneen el DNI.[Preguntas frecuentes sobre este proceso]

4) Informar el CBU. Los reintegros se realizan a una cuenta bancaria que debe ser de titularidad del solicitante. Para esto, se debe notificar la Clave Bancaria Uniforme a través de la web de la AFIP (mediante Clave Fiscal), donde se debe elegir la opción:
"Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social".

¿Cómo ingresar al servicio web de la AFIP? 

Una vez que haya gestionado su clave, ingrese a www.afip.gob.ar, presione en el recuadro "Acceso con Clave Fiscal". 

Ingrese al sistema con sus datos y diríjase a la opción "Mis Aplicaciones Web". 

De no encontrar este servicio deberá habilitarlo utilizando la opción "Administrador de Relaciones de Clave Fiscal".